El Tribunal Supremo declara nulo el canon digital
VIERNES, 11 DE NOVIEMBRE DE 2016 22:12 GMT
Hace tiempo anunciábamos que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
falló en julio en contra del conocido como canon digital. Ahora es el Tribunal Supremo español el que ha decidido manifestarse al
respecto, dejando bien claro que el canon digital que lleva aplicándose desde
2012, es nulo e inaplicable. De esta forma toca tirar a la papelera
parte del Real Decreto 1657/2012 que incluía en los Presupuestos Generales del
Estado la compensación a los autores por los actos de piratería, o mejor dicho,
por las copias privadas de sus obras que los particulares realizaban.
De este modo, deja de subvencionarse a una industria del Pleistoceno que no
ha querido ni quiere adaptarse a las nuevas tecnologías, esas que tan buena
acogida están teniendo como Spotify o Netflix, contenido de pago bajo demanda a
suscripción mensual y que activan la bombilla del contenido de pago para los
usuarios que amaban a la piratería. Porque, seamos realistas, nadie quiere pagar 20€ por un CD de música con 10 canciones, cuando dispone por
9€ de toda la música que quiera en Spotify o Apple Music. De este modo, el
fallo ordena la inaplicación del Real Decreto en consecuencia.
De este modo, ha estimado en parte el recurso
interpuesto por Egeda, Dama y Vegap, tres entidades que entendían que los
Presupuestos Generales del Estado no son un mecanismo con el que se deban
garantizar las ganancias de las compañías de derechos de autor, que son quienes
deben interponer sus propias medidas de seguridad para evitar el pirateo.
Para poneros un
ejemplo, es como si yo abro una tienda de ropa, no pongo ningún medio de
seguridad como arcos o etiquetado, y prácticamente invito a que me “roben” el
contenido de la tienda. De este modo, el Estado anualmente impondrá una tasa a
los ciudadanos para sufragar mis pérdidas, no tiene mucha lógica…
El Tribunal Supremo
acaba por ponerse en el mismo orden que el Tribunal de
Justicia de la UE, pero no sabemos cómo afectará esto al precio de ciertos medios de
almacenamiento.
No hay comentarios:
Publicar un comentario